EL PISCO & LA INDICACIÓN GEOGRÁFICA

Mientras unos han calificado como triunfo el reciente reconocimiento de la Comunidad Europea (CEE) de incluir al PISCO en el registro de las Indicaciones Geográficas (IG), otros - un tanto negativos - han hablado de un retroceso y hasta de "autogol" al escuchar términos como "destilado de fruta" y al pensar, con cierta razón, que una IG es un calificativo menor a la Denominación de Origen que ya lucíamos años atrás. Más los expertos y sobretodo los encargados de este logro son los que se han manifestado sobre ello y es lo hoy voy a aclararles.

Si tienes un mínimo conocimientos de cultura enológica debes asumir que las calidades - sobre todo en países europeos - suelen dividirse en Denominaciones de Origen (DO, DOC, DOCG) e Indicación Geográfica (que algunos países ponen como Vino de la Tierra) y, obviamente, la primera es mucho más exigente y otorga vinos que tienen que cumplir con estándares más estrictos. Hasta ahí es lógico pensar que si teníamos una DO y ahora nos otorgan una IG, esto es una especie de retroceso, pero no hemos perdido nada: La D.O. que ostenta nuestro PISCO es reconocida por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y por la Oficina Internacional de la Viña y el Vino (OIV), por lo que este nuevo reconocimiento no nos quita ningún logro antes obtenido, mas como bien nos lo explica el mismo Gonzalo Gutierrez (Embajador del Perú en China, ex-viceministro del Exterior y experto en estos temas) "en el Reglamento de la Unión Europea sobre Bebidas Espirituosas, los aguardientes como nuestro Pisco sólo se protegen - en ese espacio jurídico y geográfico - como Indicaciones Geográficas", es decir que ni el Cognac, ni la Grappa, ni ningún otro destilado europeo, o de otro origen, tiene un título diferente al obtenido por nuestra bebida bandera.

El segundo motivo por lo que algunos ya están lapidando los logros obtenidos por nuestro PISCO es por la mención de "destilado de fruta" en lugar de "destilado de vino" como hace ya un tiempo, estaba poniéndose de moda usar entre los exponentes de nuestro destilado; la verdad es que el Reglamento de la DO PISCO construida y usada en nuestro país define a nuestro aguardiente como "el producto obtenido de exclusivamente por destilación de mostos de uvas pisqueras recientemente fermentados", por lo que el término "vino" no se menciona por ningún lado, y si no nuestros documentos no lo indican la CEE no va a otorgarnos un grado distinto al mencionado.

Algunas plumas incisivas han descargado todo su veneno contra la UVINA (única cepa pisquera que no entra directamente en la definición de vitis vinifera) y que sería la culpable de que no podamos ostentar el título de "destilado de vino" como lo hacen los mejores destilados europeos; la verdad es que ESTO ES FALSO, pues como lo explicamos líneas arriba se debe más a un problema de falta de precisión en el reglamento de la  DO, que se podrá solucionar en los siguientes meses si preparamos bien nuestros documentos; claro que la otra opción habría sido parar los tramites con la CEE y modificar nuestro reglamento para presentarla de nuevo... y siendo sinceros, ello hubiera levantado aún más polvo del que ya levantan los "desinformados"

Para terminar, a los enemigos de la UVINA, que siguen expresando ideas como "por el capricho de unos cuantos productores tenemos una uva no vinera en nuestra DO" les dejo como dato que la Denominación de Origen Pisco es la que ocupa una mayor superficie geográfica en el mundo (y eso no es algo provechoso), mientras que para el PISCO UVINA, los límites son mucho más específicos al restringir el área de producción a los distritos de Lunahuná, Pacarán y Zuñiga, lo que se acercaría más, a lo que realmente significa una DO para el resto del mundo. Así que hinchemos el pecho por nuestro destilado bandera y los logros que sigue cultivando y antes de criticar conversemos con los expertos. Por mi parte me despido, sigan bebiendo y ¡Salud-os!

Especial agradecimiento a JUAN CARLOS PALMA


Pueden ver la Indicación Geográfica a favor del Perú AQUÍ

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