INDICACIONES GEOGRÁFICAS

Ya desde la época del Imperio Romano regiones como Bourgogne, Mosela o Rhein eran reconocidas como zonas idóneas para el cultivo de la vid, y por ende de calidades de vinos extraordinarias; el tiempo pasó y nuevas áreas - a lo largo de la historia - fueron ganando el respeto y la veneración de los eno-fanáticos convirtiéndose en capitales del vino que no solo abarcan Europa sino incluso el nuevo mundo. Pero como no todo es color de rosa, basta hacer las cosas bien para que otros comiencen a imitar, y puesto que estas copias - buenas o no - causaban confusión en el consumidor es que surge la idea de proteger a los productos según su procedencia naciendo las INDICACIONES GEOGRÁFICAS.

Referencias tan antiguas como la Biblia ya citaban vinos como los de Creta y Thasos, incluso se sabe que ya 3000 a. C. los egipcios ya producían vinos en cuyas ánforas plasmaban procedencia, encargado y año de producción. El aceite de oliva de Hispania era prácticamente oro líquido para los romanos teniendo usos no solo alimenticios, sino de carácter medicinal, religioso y hasta para la industria; pero no fue ni el olivo ni el vino los que sentaron los precedentes para defender a un producto con respecto a su origen sino el queso Roquefort que, un 31 de agosto de 1666, el parlamento de Toulouse decretaría "sólo los habitantes de Roquefort tienen la exclusividad del curado del producto. Sólo existe un Roquefort, y es el que se cura en Roquefort desde tiempos inmemoriales en las cuevas de este pueblo" sentando de esta manera las bases jurídicas de una Indicación Geográfica.

Como a nosotros lo que nos interesa son los frutos de la vid, la primera Denominación de Origen Regulada de un vino data de 1756, un 10 de setiembre en que el marqués de Pombal (primer ministro de José I de Portugal) crea en Oporto la Compañía General de Agricultura de las Viñas del Alto Duero con las que buscó garantizar la calidad del vino homónimo y con ello controlar la producción, comercio y fijar los precios. 

El mundo ha pasado por distintas clasificaciones para denominar las cuantiosas calidades de vino, estas iban desde vino de mesa (Vino da Tavola, Vin de Table, Tafelwein), de la tierra (Vin de Pays, Landwein), con Indicación Geográfica (IG, IGT, IGP) y Denominación de Origen (DO, DOC, DOCG, DOP, AO, AOC); mas estas podían variar de requisitos y hasta de nombre de país a país, por ello - y para estandarizar nomenclaturas  - entró en vigor desde el 1ro de agosto de 2009 el Reglamento con el que la Unión Europea crea dos categorías agrupando todas estos grados en:
- Vinos sin Indicación Geográfica
- Vinos con Indicación Geográfica
Aunque aún no se esté cumpliendo del todo, la actual clasificación de vino en Europa nombra a todos los antiguos vinos de mesa como Vinos sin Indicación Geográfica y a todos los vinos con menciones de tierra o área geográfica (Incluidas las IG y DO) como Vinos con Indicación Geográfica, tal cual se muestra en la figura:


Como pueden ver los vinos con Indicación Geográfica se subdividen en otros dos grupos más IGP y DOP y aunque pueden ser bastante similares existen diferencias que separan a unas de otras entre las que destacan:

América es una área con menos experiencia en cuanto a Indicaciones Geográficas se refiere; y así como hay lugares como USA en los cuales no les dan mayor importancia, prácticamente el resto del continente se ha adaptado bastante bien a estas tomándolas como principal herramienta para defender los productos más representativos de sus culturas

Para concluir, no puedo dejar de hablar de nuestro PISCO, que cuenta con una Denominación de Origen desde enero de 1991, siendo esta ampliamente reconocida (léase Como ve el mundo al Pisco); aunque todo este mar de clasificaciones también llegó a afectarnos indirectamente y es así como un triunfo para nuestro destilado frente a la Comunidad Europea, fue para muchos tomado como una derrota al considerarnos una Indicación Geográfica (léase El Pisco y la Indicación Geográfica), mas recuerden que estos títulos estarán dado por las normas de cada país o entidades internacionales a las que este se encuentre asociado. Por otro lado - quizás como estrategia marquetera - otros productores no solo ostentan los títulos de la DO - PISCO sino que hasta las amplían convirtiéndolas en Denominación de Origen Calificada (DOC) o incluso DO-Cañete, DO-Majes, por citar algunos ejemplos; estas son lamentables prácticas que, probablemente por destacar, terminan ofendiendo la cultura del consumidor y creando una competencia desleal entre los distintos destilados que ofrecen nuestros mercados, así que si por casualidad te encuentras con una botella de nuestro aguardiente con dichas nomenclatura sabrás que se están burlando de ti y tu ignorancia sobre nuestro destilado. Por mi parte me despido, busquen su vino - o destilado - favorito y disfrútenlo como nunca que verás lo bueno que sabe conforme uno más sabe de él ¡SALUD-OS!

PD: Recuerden que las etiquetas de PISCO debe contener lo siguiente:
- Denominación Origen Pisco
- Aut. de Uso Nº (xxxxxxx)
- Tipo de Pisco
- Varidad (es) de uva (s) Pisquera (s)
- Valle de ubicación de la Bodega
- Año de la cosecha
Sobre las Denominaciones de Origen Controladas o Calificadas o lo que quiera que signifique DOC esperemos que el Consejo Regulador se manifieste para aclararnos las cosas a los consumidores y fanáticos de nuestro destilado bandera

También pueden leer:


Consejo Regulador del PISCO

Agradecimiento especial a Jorge Miguel Jiménez Garavito por la información 


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